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¿A quiénes realmente beneficiará la Ley General de Recursos Hídricos?

La noche del 21 de diciembre del año 2021, mientras la población dormía, la Asamblea Legislativa aprobaba la Ley General de Recursos Hídricos, luego de un poco más de 5 meses de debate en la comisión ad hoc que la estudiaba, una ley que tendría regular el uso del agua para que esta no sea explotada y que su fin prioritario sea para el consumo humano. Con la aprobación concluyó la discusión que se mantuvo por más de 15 años en el país.

Pocas horas después los sectores interesados en la ley, mismos que durante el periodo de discusión y revisión recomendaron modificar 108 artículos de 179 que esta contiene, la han catalogado como incompatible a las necesidades de la población y el acceso universal al agua. Además, han manifestado que no hubo ningún cambio significativo en la propuesta inicial presentada por el ministro de Medio Ambiente, Fernando López, y que solamente tomaron en cuenta las recomendaciones que hizo la empresa privada, sin mostrar mayor interés en incorporar las presentadas por los sectores sociales.

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Recordemos que las organizaciones sociales exigían, también, que se establecieran en la ley 5 puntos no negociables: 1. el reconocimiento del agua como un bien público; 2. el derecho humano al agua y el saneamiento; 3. la gestión pública del agua con participación efectiva de la población;  4. la gestión sustentable de las cuencas hidrográficas;  5. un régimen económico y financiero justo y equitativo.

Según los estudios y análisis técnicos que han realizado las organizaciones sociales a la Ley General de Recursos Hídricos, esta únicamente va a aumentar las injusticias hídricas en los territorios, pues se considera que la ley es “anti juntas de agua” ya que estas han sido medidas en el mismo nivel que las empresas, y ahora, con la entrada en vigencia de la ley, los sistemas de agua comunitarios tendrán que pagar cánones por la extracción del agua con la que abastecen a las y los usuarios.

“A los sistemas de agua los han catalogado como empresa privada, aunque tengamos la declaratoria de interés social que dice que no nos enriquecemos por brindar el servicio”, expresó Arely Salas, de la Asociación de Sistemas Comunitarios de Agua de Suchitoto.

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Para Carlos Flores, miembro del Foro del Agua, el cobro de cánones va a implicar un incremento en los recibos por el servicio de abastecimiento de agua potable, situación que afectará directamente a la población usuaria, dado que  la mayoría de los sistemas de agua no tienen las condiciones económicas para poder asumir el pago de las tarifas. En relación a esto, también existe otro escenario aún más preocupante: el posible colapso de los sistemas de agua rurales, debido a que en muchos de los territorios su población es de escasos recursos y no soportará el incremento a la tarifa.

Lo anterior es compartido por varios de los sistemas de agua de la zona baja del municipio, los cuales fueron sondeados por la Gaceta Suchitoto para la elaboración de este artículo, y han coincidido que con la tarifa que ahora tienen apenas es posible cubrir gastos de energía eléctrica, pago de personal, reparaciones, accesorios, mantenimiento, y otros.

“La mayoría de las cuotas en el sistema solo alcanzan para la parte del funcionamiento operativo, mantenimiento y muchas veces ni para eso, y si hay un costo adicional se tendría que cargar a los usuarios, la situación afectaría principalmente a la población. Habría que hacer un análisis de tarifas en los sistemas”, mencionó un representante de una junta de agua, quien pidió a este medio no revelar su identidad.

El artículo 109 de la ley establece que “estarán sujetos al pago del canon todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que utilicen el recurso hídrico para fines distintos al uso doméstico conforme a la presente ley.

En el caso de redes de abastecimiento de agua, la ASA aplicará el cobro de este canon a las entidades que prestan dicho servicio”.

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Asimismo, la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA)  también deberá pagar canon por el uso del agua, aunque no se conoce realmente cuál será la implicación que esto tenga. Los miembros del Foro del Agua expresaron a la Gaceta Suchitoto que sospechan que ANDA va a trasladar este cobro al usuario final, tratando que las empresas que se abastecen de agua potable por dicha organización queden exentas del mismo y sean subsidiadas por los usuarios.

“En el caso de las descentralizadas de ANDA, como Emasa Suchitoto, también incrementaría la tarifa si lo aplican por igual, aunque lo dudo, porque si ANDA es del gobierno, no creo que le vayan a aplicar directamente el canon. La más afectadas serán las juntas de agua más chiquitas”, dijo Arely Salas.

Pongamos un ejemplo concreto: en el sistema de agua ACRASAME – ZP la tarifa establecida por 12 m³ es de $6.00, con el cobro del canon esta aumentaría aproximadamente $3.00 más, teniendo un incremento de $0.25 por cada 1 m³. “Ahorita vale $0.50 el metro cúbico (…) si no se incrementa la tarifa implicaría disminuir la cantidad de agua con la que se abastece a las familias”, añadió Salas.

Los sistemas de agua comunitarios no conocen con exactitud cuál será la cantidad de dinero que pagarán por la extracción del agua, pero se han planteado posibles escenarios económicos para responder de forma inmediata y continuar brindando el servicio a la población, pues deberán estar exentos del cobro de cánones para seguir con su funcionamiento. “Si nos cobraran $0.10 y extraemos 12,000 m³ al mes, eso  generaría un costo de $1,200 mensuales que habría que cargárselo a los usuarios, se aumentaría la tarifa porque es un costo adicional que tendrían los sistemas”, expresaron las juntas de agua en su análisis de afectaciones directas.

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Las empresas privadas podrán extraer agua sin límites

Ahora bien, hemos abordado en este artículo las implicaciones que tendrá la aplicación de esta nueva ley, siendo los más afectados los sistemas de agua comunitarios y la población que se abastece de ellos. Pero también la ley ha eliminado el requisito de permiso ambiental para las empresas privadas, además, les otorga un plazo de 15 años prorrogables para que puedan extraer agua sin límites. Es decir, encima que la población tendrá que pagar más por el agua potable, también sus territorios se verán afectados con la contaminación que producen las industrias y a lo largo del tiempo los caudales de agua disminuirán sus niveles, dejando sin agua a las comunidades.

“Obviamente la eliminación del permiso ambiental y la extracción sin límites de agua va a tener un impacto severo en la sostenibilidad de los acuíferos porque la autoridad del agua (ASA) no tiene esa perspectiva un enfoque ambiental, tiene un enfoque de una superintendencia, que solo administra, no tiene una perspectiva de la gestión del agua como elemento de la naturaleza”, agregó Carlos Flores.

La Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA), nueva ente rectora creada por la Ley General de Recursos Hídricos, tendrá dentro de sus facultades y atribuciones conceder permisos para la extracción ilimitada del agua. Esta autoridad está conformada por instituciones públicas, las cuales en teoría tendrían que garantizar el uso y aprovechamiento adecuado del agua, priorizando el consumo humano.

“Sabemos que el problema del agua no tiene que ver solo con institucionalidad, tiene que ver con injusticias (…) tal y como está planteada la ley, la ley va a servir para legalizar los abusos y para profundizar la injusticia hídrica, el robo y el despojo del agua en el país”, Flores.

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Con esto, los sistemas comunitarios de agua del municipio estarían en serios problemas, dado que, según las experiencias que ya se tienen en Suchitoto, la extracción sin límites del bien líquido por las empresas privadas secará los pozos con los que se abastece a la población.  “En 15 años van a secar los acuíferos en una zona y luego se van a ir a otro lado, no van a tener ningún problema de permisos durante un largo tiempo”, expresan las juntas de agua de Suchitoto, las cuales durante años han venido señalando el problema que acarrea que una granja, en este caso, esté instalada en el territorio, a poca distancia de sus pozos.

La Ley de Medio Ambiente manda a que el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) regule la gestión del agua, pero la nueva ley de aguas anula esta facultad y establece derogatorias a los artículos de ley que contradicen lo que en ella se decreta.

Si bien es cierto que la Asamblea Legislativa ha aprobado la ley, todavía falta que el presidente vete, sancione o haga recomendaciones. Hasta ahora no se conoce de manera oficial que este proceso se haya dado, a pesar de los más de 20 días desde que se aprobara la ley. Por su parte las organizaciones sociales no esperan que el presidente tome en cuenta los pronunciamientos que han presentado en los últimos días, pero han mencionado a la Gaceta Suchitoto que harán el llamado para que las personas identifiquen cuál va a ser el efecto en su organización comunitaria, de manera que la aprobación de la ley no cumpla su cometido (beneficiar a la empresa privada) y que la gente no vea finalizada la exigencia del derecho humano al agua y la sustentabilidad.

“La ley como ha quedado no va a resolver la injusticia, no va a resolver la falta del derecho al agua y no va a resolver la sustentabilidad, eso necesitamos informarle a la gente para que no demos por cerrado el caso, hay que seguir la lucha, porque se incrementa la injusticia”, añadió Flores.

Algunos sectores han señalado esta polémica ley como un “intento de privatización”. Para los miembros del Foro del Agua, la Ley General de Recursos Hídricos significa legalizar las injusticias, normalizar el robo y el despojo del agua en los territorios, “si a eso se le puede llamar privatización, es privatización”, pero que, en concreto, atropella a la gente más empobrecida y lo que hasta ahora ha sido ilegal, inmoral, injusto, con la ley se normaliza y legaliza.

Por Carolina Mena.

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