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Manuela: en casos de emergencias obstétricas debe primar el secreto profesional médico

El caso de Manuela se desarrolla en un contexto de penalización absoluta del aborto en El Salvador, un país que criminaliza a las mujeres que sufren partos extrahospitalarios, donde es frecuente que las denuncias sean interpuestas por el personal médico, una región donde las mujeres son procesadas por el delito de homicidio agravado y no por aborto, con una condena mínima de 30 años de prisión.

La sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde condena y dicta culpable al Estado salvadoreño por la criminalización de una mujer que enfrentó una emergencia obstétrica, ha generado impactos en cuanto a los derechos sexuales y reproductivos de las niñas, adolescentes y mujeres de la región, así como también una lucha contra los estereotipos de género.

La decisión de la Corte IDH ha dejado avances jurisprudenciales relativos a la salud reproductiva, así lo dio a conocer Catalina Martínez, directora regional de Centro de Derechos Reproductivos, durante un foro virtual realizado el día 6 de diciembre de 2021 organizado por La Maestría de Estudios de Género de la Universidad El Salvador en coordinación con la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local.

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Martínez considera que, en la sentencia, la Corte IDH desarrolla estándares valiosos que no solo podrán ser aplicados en El Salvador sino que también en toda la región, esto referente al secreto profesional médico para atender emergencias y la falta de acceso a la justicia. “La Corte indica que en plenitud al derecho a la vida privada y el derecho a la salud, las personas tienen derecho a que la atención médica sea confidencial”.

La directora del CRR expresa que el secreto profesional se debe regular adecuadamente y que en casos de emergencias obstétricas debe primar la confidencialidad sobre la denuncia, por el riesgo desproporcionado que los profesionales médicos pueden generar en la salud y vida de las mujeres.

En la sentencia la Corte ha ordenado, dentro de la regulación del secreto profesional médico en El Salvador, se establezcan de forma directa tres cosas: que el personal médico y sanitario no tiene obligación de denunciar a mujeres que hayan recibido atención médica, inclusive por posibles abortos; el personal de salud debe mantener el secreto profesional médico frente a cuestionamientos de las autoridades; y que la falta de denuncia por parte del personal de salud, en estos casos, no puede llevar a represalias administrativas, penales o de otra índole.

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Por otro lado, la Corte IDH ha manifestado que, frente a los estereotipos de género que enfrentó Manuela, el Estado de El Salvador vulneró el deber de motivar las decisiones, incurriendo en discriminación y en una violación de la presunción de inocencia, pues en la sentencia condenatoria no se establece con evidencia fáctica entre el actuar de Manuela y la muerte del recién nacido.

La sentencia condenatoria descarta por completo que la muerte haya podido ser accidental, basándose en un estereotipo de género que es que el instinto maternal que debía tener Manuela, implicaba que debía proteger a su hijo y que debía sacrificarse por él sin importar su estado de salud, es decir, inclusive en un estado como el de Manuela, la cual acababa de sufrir una emergencia obstétrica, había sufrido una hemorragia y había quedado en un estado de inconciencia.

La sentencia que condena a Manuela recae en todos los prejuicios propios de un sistema patriarcal que resta todo valor a las motivaciones y circunstancias, frente a los estereotipos de género en contra de mujeres que sufren emergencias obstétricas”, dice Catalina.

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Pero, ¿qué sucede si El Salvador no cumple con los estándares ordenados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos?

Paula Velásquez, estudiante de la Maestría en Estudios de Género de la UES, indagó a las ponentes del foro sobre la voluntad política del Estado salvadoreño para darle cumplimiento a la sentencia, y agregó que, “el Estado tendrá que modificar el código penal para que la conducta de no denunciar no constituya delito, porque tengo la impresión de que los médicos no van a dejar de denunciar los hechos (…) porque si no serán ellas o ellos los procesados”.

La ponente, Catalina Martínez, respondió que la CIDH va a seguir supervisando las sentencias hasta que haya un cumplimiento total, esto quiere decir que, si el Estado de El Salvador no cumple en este o en los próximos años, el siguiente gobierno, porque el Estado es uno solo y no pierde continuidad, sigue ligado a tomar esta decisión, es decir, los Estados van a seguir estando ligados independiente del gobierno de turno.

Por Carolina Mena

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