Por Luis Castillo y Carolina Mena
Manuela fue víctima de un Estado incompetente que predica un discurso que no defiende la vida de las mujeres, más bien, las persigue, juzga y criminaliza. El pecado de ella fue ser pobre y no tener estudios, ni capacidad de defenderse. Se le acusó de aborto, cuando jamás se pudo comprobar ni justificar, fue sometida a un trato inhumano y su vida acabó sin ningún ápice de justicia.
De este modo, a Manuela se le vulneraron los siguientes derechos: Derecho a la salud, presunción de inocencia, derecho al secreto profesional y derecho a la defensa.
Con Manuela se hizo todo lo que podía hacerse mal: prejuicios de género, pésimo procedimiento, negación de derecho a respuesta, escasa atención médica, arbitrariedad fiscal, policial, etcétera. Manuela, en síntesis, fue criminalizada y abandonada por un Estado que estaba obligado a garantizar su vida. Una vida que hoy es el símbolo de lucha de miles de mujeres salvadoreñas que buscan que ninguna otra tenga que pasar por situaciones similares a las de ella.
El caso de Manuela fue llevado hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siendo este el primer caso relacionado a emergencias obstétricas en llegar hasta este organismo internacional. La audiencia pública “Manuela y familia vs. El Salvador” se realizó durante los días 10 y 11 de marzo del corriente año, finalizada, la Corte tuvo 6 meses para dar una resolución.
El día 30 de noviembre la Colectiva Feminista y la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto dieron a conocer, a través de un comunicado en redes sociales, la sentencia dictada por la Corte Interamericana de DDHH sobre el caso de Manuela, en la que se condena al Estado salvadoreño por la criminalización de una mujer por intentar acceder a servicios de salud reproductiva cuando enfrentó una emergencia obstétrica.
La Corte señaló al Estado salvadoreño culpable por la violación de los derechos: la libertad personal y la presunción de inocencia en perjuicio de Manuela; el derecho a no ser sometida a penas crueles, inhumanas o degradantes; a la vida, a la integridad personal, a la vida privada, a la igualdad ante la ley, a la salud, a la integridad personal en perjuicio de la madre, el padre, los hijos de Manuela; entre otros derechos.
La Corte también ha constatado que en El Salvador se criminaliza a mujeres que han sufrido abortos espontáneos y otras emergencias obstétricas, donde estas son tipificadas por homicidio agravado y no por aborto, con condenas de 30 a 50 años de prisión.
Reparaciones
La Corte Interamericana de DDHH ha ordenado al Estado salvadoreño que realice un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; otorgar becas de estudio a los hijos de Manuela; bridar de forma inmediata tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico a los padres de Manuela; regular la obligación de mantener el secreto profesional y la confidencialidad de la historia clínica; y otras. El cumplimiento de la sentencia será supervisado por la Corte y dará por concluido el caso una vez el Estado haya dado cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia.
Morena Herrera, representante de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local expresó que, ante la resolución de la Corte, se ha hecho justicia reconociendo que Manuela ha sido una de las tantas víctimas de un injusto contexto legal para las mujeres jóvenes, adolescentes y niñas en condiciones de pobreza. “La historia de Manuela es una historia triste, pero representa un cambio y se convierte en un camino de justicia y esperanza para todas las mujeres (…) que son criminalizadas por eventos obstétricos”.
Además, agregó que, las organizaciones colitigantes confían en que el Estado salvadoreño acatará el dictamen de la Corte IDH. “La implementación de esta sentencia dará garantías y salvará vidas, pues pretende cuidar la salud de todas las niñas y mujeres que han estado en riesgo por cuenta de la penalización de los servicios de salud sexual y reproductiva”, añadió Morena Herrera.