El miércoles 18 de agosto de 2021 los miembros de la Junta Directiva, Junta de Vigilancia, y Secretaria de Asuntos Ambientales de la Asociación Comunitaria Aguas del Tecomasuchi, presentaron una denuncia por contaminación en el río El Molino ante el Juzgado Ambiental de San Salvador.
Los daños ambientales en aire, agua y tierra, según aseveraciones de Tecomasuchi, están siendo provocados por la Granja Avícola Galdámez, ubicada en el kilómetro 34 de la carretera que de San Martín conduce hacia Suchitoto, Cantón Tecomatepeque, municipio de San Pedro Perulapán. La granja no está ubicada en el municipio de Suchitoto, pero está afectando a sus habitantes y a los de los municipios aledaños como Oratorio de Concepción y Perulapán.
El Artículo 92 de la Ley de Medio Ambiente dice que: “Con anterioridad a la iniciación del procedimiento sancionatorio, se podrán efectuar actuaciones previas por parte de funcionarios del Ministerio con competencia para investigar, averiguar, inspeccionar en materia ambiental, con el propósito de determinar con carácter preliminar la concurrencia de circunstancias que lo justifiquen”, este ha sido retomado como base por Tecomasuchi para iniciar la acción que obliga a las instancias correspondientes a tomar con seriedad y realizar acciones que frenen y resuelvan el problema de contaminación en el río El Molino.
La demanda presentada cita que el terreno está ubicado en Zona de Máxima Protección, Zona de Protección y Restauración y Zona de Protección y Aprovechamiento, dentro de la zonificación ambiental y uso del suelo de la Región Noroccidental, establecida en el Decreto Ejecutivo de fecha 12 de diciembre de 2018.
El terreno donde se encuentra esta granja avícola fue adquirido en el año 2008, según testigos este contaba con abundante vegetación. Manuel de Jesús Galdámez Miranda es el titular del proyecto y a quién ahora está dirigida la demanda.
En el año 2012, el proyecto Granja Avícola Galdámez inicia la construcción de cuatro galeras en el terreno antes mencionado. Actualmente posee un estimado de 14 galeras destinadas a la producción de huevos de gallina a escala industrial, con un aproximado de seis mil aves.
A esto, según la demanda presentada, se le suma una planta de producción de alimentos para aves, un sistema de almacenamiento de agua para abastecer el procesamiento de los animales, dos pozos negros o fosas para tirar las gallinas que mueren y un edificio de dos niveles con terraza, además de una sala de estar en la entrada; dichos datos han sido corroborados en inspecciones realizadas por la Unidad Ambiental del Municipio de San Pedro Perulapán y la Unidad Ambiental del Municipio de Suchitoto, ambas del departamento de Cuscatlán. Estas visitas fueron acompañadas por miembros de Aguas del Tecomasuchi.
La construcción de las galeras significó un daño considerable en el medio ambiente, debido a la deforestación en gran parte de la zona del terreno donde se encuentra el proyecto. Antes de la construcción, el terreno preservaba árboles de aceituno, aguacate, almendro de río, caoba, ceiba, cedro, copinol, madrecacao, maquilishuat, entre otros; y en su lugar, “el señor Manuel de Jesús Galdámez Miranda, ha sembrado algunos árboles frutales que no compensan el impacto de la deforestación causada para la ejecución de este proyecto, ya que no son especies propicias para obras de protección de la cuenca y microcuenca del río El Molino”, consideran los miembros de Aguas del Tecomasuchi.
Es necesario mencionar que el inmueble ya contaba con agua potable, el terreno fue vendido por su anterior propietario con el abastecimiento de agua domiciliar que brinda la Asociación Comunitaria Aguas del Tecomasuchi; hoy, la granja cuenta con tres derechos de agua potable otorgados por la misma Asociación, dos en uso y uno desconectado. No siendo suficiente con esto, “aparentemente se ha realizado la construcción de un pozo del cual se extrae agua del manto acuífero para sus operaciones, el cual es probable que no cuente con la factibilidad otorgada por la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA)”, dice Tecomasuchi en la demanda.
El consumo domiciliar de agua, registrado por Tecomasuchi, por parte del señor Galdámez para su proyecto, registraba en años anteriores un consumo de 600 metros cúbicos al mes, después de la presunta construcción del pozo ha disminuido hasta 100 metros cúbicos al mes, dejando a interpretación para comprender que la reducción de su consumo es a razón de la sobreexplotación del manto acuífero mediante el pozo.
Aguas Tecomasuchi dice que el proyecto no posee ningún tipo de mecanismo para el manejo de desechos sólidos o del material resultante de las actividades realizadas, causando un foco de contaminación por medio de olores pestilentes, cantidades de polvo debido a la producción del concentrado y la proliferación de moscas y gusanos en los alrededores de la zona.
También consideran alarmante la ubicación de la granja, “se encuentra en línea recta a 350 metros del nacimiento de agua de la Empresa Municipal de agua de Suchitoto (EMASA), y 400 metros de las captaciones de la Asociación Comunitaria Aguas del Tecomasuchi, por lo que los vertidos depositados en los pozos de captación o pozos negros, los cuales se ha podido constatar que no cuentan con las medidas de bioseguridad adecuadas, son absorbidos directamente por el manto acuífero en el perímetro de donde aproximadamente diez mil familias se abastecen de agua la cual es destinada para consumo humano”.
El artículo 85 de la Ley de Medio Ambiente prevé que “quien, por acción u omisión, realice emisiones, vertimientos, disposición o descarga de sustancias o desechos que puedan afectar la salud humana, ponga en riesgo o causaré un daño al medio ambiente, o afectaré los procesos ecológicos esenciales o la calidad de vida de la población, será responsable del hecho cometido o la omisión, y estará obligado a restaurar el medio ambiente o ecosistema afectado. En caso de ser imposible esta restauración, indemnizará al Estado y a los particulares por los daños y perjuicios causados”.
Por todo lo anterior han solicitado en su demanda lo siguiente:
1. Se nos admita el presente escrito de denuncia, en el carácter que comparecemos;
2. Se verifique la existencia de permiso ambiental para la ejecución del proyecto denominado Granja Avícola Galdámez cuyo titular es el señor Manuel de Jesús Galdámez Miranda.
3. Que este tribunal realice una inspección al proyecto conocido como “Granja Avícola Galdámez” y alrededores para constatar el impacto ambiental negativo y la falta de medidas de bioseguridad existentes en la zona, lo cual ha causado daños en el ecosistema que rodea la cuenca y la microcuenca del río El Molino.
4. Que mientras este tribunal es conocedor del procedimiento de la presente denuncia, se ordene, como medida cautelar, la suspensión de las operaciones del lugar conocido como “Granja Avícola Galdámez” debido a los impactos causados por la infiltración de desechos en el manto acuífero de los municipios involucrados,
5. Que de constatarse el incumplimiento a la Ley de Medio Ambiente y su Reglamento y los daños causados a los ecosistemas producto de la ejecución del proyecto Granja Avícola Galdámez, cuyo titular es el señor Manuel de Jesús Galdámez Miranda, se ordene su cierre definitivo.
Este problema ambiental afecta a 1200 usuarios de Aguas del Tecomasuchi y a las personas habitantes de los municipios de San Pedro Perulapán, Oratorio de Concepción y Suchitoto. La Granja Avícola Galdámez ha vulnerado el derecho al medio ambiente sano mediante la contaminación y daño a elementos del medio ambiente en la zona.
Fotografías de Aguas Tecomasuchi y Aguasuchi